El Código Técnico de la Edificación (CTE) es el marco normativo que establece las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad. En el caso de prevención de incendios, estas exigencias están caracterizadas y cuantificadas mediante valores límites de las prestaciones en el Documento Básico SI ‘Seguridad en caso de incendio’, en el que se definen las reglas y procedimientos (prescripciones) que permiten cumplir las exigencias básicas de seguridad en caso de incendio.
Las normativas (recogidas en la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación) hacen que las viviendas, edificios o naves industriales se conviertan en lugares más seguros favoreciendo así la tranquilidad y bienestar de los trabajadores u ocupantes de las edificaciones.
Hoy desde Soler, especialistas en el ámbito de instalación y mantenimiento de sistemas de protección contra incendios, desglosaremos algunas de las normas esenciales que recoge este marco normativo tan importante en el mundo de la arquitectura y de la edificación así como los requerimientos recogidos en el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI).
¿Es obligatoria la instalación de sistemas de protección contra incendios?
El CTE establece que todos los edificios deben disponer de equipos e instalaciones de protección contra incendios como extintores portátiles, bocas de incendio equipadas, ascensores de emergencia, hidrantes exteriores o instalaciones automáticas de extinción.
Así mismo, el diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de todas las instalaciones, materiales y equipos deben cumplir lo establecido en el “Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios”. Este documento, en su artículo 10 define que todos los equipos y sistemas de protección contra incendios (con excepción de los extintores portátiles) deben realizarse por instaladores debidamente autorizados. En este caso, la Comunidad Autónoma correspondiente cuenta con un libro Registro en el que figuran los instaladores autorizados.
¿Qué sistemas de prevención de incendios debe tener cada edificio?
En esta tabla extraída del Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio del CTE se detalla la dotación de instalaciones de protección contra incendios que deben tener todos los edificios:
¿Cómo deben estar señalizados los medios de protección contra incendios?
En cuanto a la señalización de todos los medios de protección contra incendios, el punto 2 del DB SI4 indica que los extintores, bocas de incendio, hidrantes exteriores, pulsadores manuales de alarma y dispositivos de disparo de sistemas de extinción deben estar señalizados con carteles de 210 x 210 mm cuando la distancia de observación de la señal no exceda de 10 m, con señales de 420×420 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 10 y 20 cm y con carteles de 594×594 mm cuando la distancia sea 20 a 30 metros.
Además, también es esencial que todas las señales sean fotoluminiscentes ya que esta es la única forma de que sean visibles cuando no hay suficiente luz natural o cuando hay un fallo de suministro del alumbrado general.